La seguridad en la carretera es un aspecto que preocupa a todos los españoles, especialmente a la Dirección General de Tráfico (DGT). Por eso, los diferentes organismos españoles se encargan de establecer una normativa que regule el equipamiento necesario para los motoristas. Todos sabemos que el casco es un elemento obligatorio para montar en moto, pero, ¿qué pasa con los guantes? ¿Son obligatorios o simplemente se recomienda su uso?
El equipamiento de seguridad en moto
A pesar de que los guantes son un equipamiento obligatorio para los motoristas en otros países, ese no es el caso en España. Es cierto que, a principios de 2021, numerosos medios (incluidos los de la DGT) anunciaron que los guantes pasarían a ser obligatorios a partir de verano. Sin embargo, cuando se publicó la reforma de la Ley de Seguridad Vial, no se incluyó ninguna obligatoriedad sobre este elemento.
Que no sea obligatorio no quiere decir que no sea bueno. De hecho, la DGT siempre ha recomendado el uso de guantes como una medida de protección para los motoristas.
Obligatorios para el examen práctico
Puede parecer curioso e incluso contradictorio, pero en los exámenes prácticos para obtener el carnet de moto, el uso de guantes es obligatorio. Además, no basta con cualquier tipo de guante, sino que estos deben estar homologados por la DGT.
Para este tipo de examen, se exige toda la indumentaria de seguridad: casco, chaqueta, pantalones, guantes y botas. Esto se basa en un estudio que, en 2011, demostró que se reduce considerablemente el riesgo de lesiones. De hecho, esta indumentaria reduciría en gran medida las probabilidades de terminar hospitalizado tras un accidente de moto.
La reforma de la Ley de Seguridad Vial en 2021
Como ya hemos mencionado anteriormente, en 2021, se publicó la nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial en la que, a pesar de que todos contaban con ello, no se incluyó la obligatoriedad de los guantes durante la conducción de una moto en España. Sin embargo, hubo otras modificaciones de interés para todos los motoristas.
Se hace especial hincapié en el uso de dispositivos electrónicos. Así, está prohibido todo aquel dispositivo que requiera el uso de las manos, así como conducir con auriculares u otros elementos similares, ya que disminuyen considerablemente la atención a la carretera.
Por otra parte, se habla sobre otro elemento de seguridad que ya era obligatorio: el casco. De esta forma, un motorista puede ser sancionado con la pérdida de 4 puntos en su carnet de conducir si hace un uso incorrecto del casco.
Por último, también destaca el aspecto de la velocidad. Hasta la publicación de esta nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial, las motos tenían la posibilidad de superar en 20 km/h los límites de velocidad establecidos para las carreteras convencionales en caso de adelantamiento. Tras la modificación de 2021, los motoristas ya no tienen derecho a este aumento del límite de velocidad, por lo que deben respetar el límite establecido.